Programa sanitario

La sanidad animal constituye uno de los pilares básicos de las explotaciones ganaderas por las varias dimensiones que contiene. De una parte como soporte de las producciones animales, de otra en su vertiente de seguridad alimentaria y como herramienta imprescindible en la prevención de las enfermedades comunes a los animales y el hombre.

La Asociación Española de Criadores de Ganado Selecto de Raza Alistana – Sanabresa (AECAS) ha incluido en sus actividades la puesta en práctica de un Programa Sanitario común que mantenga a sus explotaciones en la mejor situación sanitaria posible.

En el caso de los animales pertenecientes a esta raza en peligro de extinción las razones por las que se debería aplicar un programa sanitario son obvias. Por otro lado en la zona de Sanabria en el 2005 se dieron numerosos casos de abortos, infertilidad etc. El Veterinario de la zona tras los análisis pertinentes diagnosticó IBR en un elevado número de explotaciones. Se comenzó un programa de vacunación y prevención frente a la enfermedad. En esta zona se constituyó una ADS por lo que las explotaciones de AECAS incluidas en ella quedarían ya cubiertas por su propio Programa.

La Asociación ha puesto en marcha un Programa de Conservación y Mejora Genética en el que se incluye el testaje de machos. Durante los últimos tres años se han dado casos positivos a IBR en alguno de los futuros sementales que se iban a enviar.

Durante el 2008 se han dado casos de abortos e infertilidad en otras explotaciones de la Asociación. Se efectuaron algunos muestreos y los resultados fueron positivos para algunos ejemplares.

Por todas las razones expuestas consideramos imprescindible la aplicación de un Programa Sanitario común que establezca las medidas preventivas y curativas necesarias. La creación de una ADS es totalmente inviable por diversas razones ( censo, dispersión geográfica etc ) y por ello, la Asociación tampoco puede solicitar las ayudas a las que estas agrupaciones tienen acceso. AECAS no tiene capacidad económica para afrontar los gastos derivados de estas actividades.

El programa propuesto incluye las siguientes actuaciones:

A.- Programa de Control de Enfermedades Parasitarias.

Se tomarán muestras de heces de todas las explotaciones para realizar el correspondiente análisis coprológico.

Las ganaderías se desparasitarán dos veces al año, una en primavera y otra en otoño con un producto de amplio espectro y según los resultados de los análisis, además se aplicará el tratamiento más adecuado

B.- Programa de Control de Enfermedades Infecciosas.

1.- Serología previa para comprobar el estado sanitario:

* RINOTRAQUEITIS INFECCIOSA BOVINA ( IBR ).

* Explotaciones no vacunadas o realizada con vacuna marcada. Se efectuará en el 100% de las explotaciones, en animales mayores de 12 meses y en 14 ejemplares como mínimo por explotación. Si el censo es inferior a 14, se tomarán muestras del total, también de todos los animales adquiridos y los que se vayan a dejar para reposición

* Explotaciones vacunadas con vacuna no marcada. Se tomarán muestras de 14 animales en todas las explotaciones o de todo el efectivo si el censo es inferior.

Teniendo en cuenta que la calificación de las explotaciones respecto a IBR es voluntaria en Castilla y león, las ganaderías que quieran conseguirla deben muestrear la totalidad del censo.

* DIARREA VIRICA BOVINA ( BVD ).

El muestreo se realizará en la totalidad de las explotaciones según dos grupos de edad:

– 7 animales entre 6 y 24 meses

– 7 animales mayores de 24 meses

Si la explotación no tiene ese nº de animales se muestrearán todos los del grupo que no alcance los 7 ejemplares. También se controlarán todos los animales adquiridos y los que se dejen para reposición.

Según los resultados obtenidos se establecerán las medidas preventivas y de control oportunas.

2.- Vacunación

Una vez conocido el estado sanitario de las explotaciones en aquellas en las que sea necesario se procederá a vacunar con vacuna marcada. de forma que se puedan diferenciar los animales vacunados de los infectados y no se interfiera en el posterior diagnóstico laboratorial.

Todos los tratamientos que se efectúen quedarán reflejados en las hojas de medicamentos del Libro de Registro de Explotación Ganadera de Castilla y León.

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